MIBGAS cuenta desde hoy con nuevas reglas que refuerzan el mercado de gas y su operatividad

16/06/2023

La Secretaría de Estado de Energía acaba de publicar (BOE 16/06/2023) las resoluciones con las nuevas reglas del mercado organizado de gas, MIBGAS, y las del gestor de garantías (BOE 1/06/2023). Las nuevas reglas son una actualización de las publicadas por resolución del mismo organismo en diciembre de 2015, mes en el que comenzó la negociación en el mercado organizado, e inciden en la mejora del mercado de gas y del gestor de garantías. La mejora de la gobernanza del mercado, establecida mediante estas nuevas reglas, refuerza y afianza el avance de MIBGAS en su mejora constante de liquidez y utilidad.

Las nuevas reglas nacen de la propuesta de MIBGAS, operador de mercado y gestor de garantías y, tal como marca la legislación, fueron debatidas en el Comité de Agentes del Mercado obteniendo, de forma unánime, el informe favorable de sus miembros y del Consejo de Administración de MIBGAS. Asimismo, fueron sometidas a un proceso de consulta pública para su consideración y aprobación por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, con informe previo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Entre las mejoras que estas reglas -publicadas hoy mismo- aportarán a los agentes y usuarios de MIBGAS se encuentra la definición de nuevos índices de precios, así como la mejora de la metodología de cálculo del precio último, reforzando su representatividad ante escenarios de baja liquidez y alta volatilidad, y su comparabilidad con otros mercados europeos.

Asimismo, las reglas incluyen el servicio de anulación de transacciones erróneas de los agentes (mistrades) bajo ciertas condiciones recogidas en las nuevas reglas, y el reparto a los agentes de los intereses bancarios devengados por su contribución en la cuenta de cobros y pagos del mercado. Para los agentes con acuerdos de creadores de mercado y los agentes que presten el servicio de creador de mercado obligatorio, se determina que, en situaciones de alta volatilidad u operación excepcional del mercado, el operador del mercado podrá determinar mediante instrucción la modificación de determinadas condiciones de cumplimiento y/o la exoneración total o parcial del servicio durante un período de tiempo determinado.

Por último, se han actualizado las reglas del mercado incorporando las modificaciones necesarias para hacerlas compatibles con la Circular 2/2020, de 9 de enero, de la CNMC, por la que se actualizan las normas de balance de gas natural y con las reglas aplicables a MIBGAS Derivatives y en la negociación de productos con entrega en el VTP. También se han consolidado los diferentes Instrucciones y anexos en las propias reglas, simplificando las reglas y favoreciendo su comprensión.

Con relación a las nuevas normas de MIBGAS como gestor de garantías del sistema gasista (publicadas en el BOE del 1 de junio de 2023), las modificaciones más relevantes incluyen el reparto a los usuarios de los intereses bancarios devengados por su contribución en la cuenta del gestor de garantías, la incorporación de las cooperativas de crédito como entidades garantes y la ampliación de tres a cuatro agencias de calificación crediticia para la valoración del cumplimiento de las condiciones requeridas a los instrumentos de garantías.

Con la publicación de las reglas en el BOE, entran en vigor todos estos cambios que mejoran la operativa del mercado ibérico del gas, adaptándose así a los cambios acaecidos en el sector gasista en los últimos años.